Divorcios y Separaciones

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Quién puede solicitar la separación judicial y efectos que tiene la separación

Publicado el Jul 18 2008 | Marcado con la etiqueta: Divorcios y Separaciones

La separación, en el sistema de derecho matrimonial español, puede ser solicitada:

Por ambos cónyuges conjuntamente o, por uno de ellos con el consentimiento del otro, siempre que haya transcurrido el primer año de matrimonio. En este caso, nos encontraríamos ante un supuesto de separación de mutuo acuerdo (más información).
Por uno de los cónyuges sin el consentimiento del otro, cuando éste se encuentre incurso en una de las causas legales de separación (más información). En este caso, nos encontraríamos ante un supuesto de separación contenciosa (más información).

Los principales efectos de la separación matrimonial, son los siguientes:

El cese del deber de vida en común;
Desaparece la posibilidad de que un cónyuge vincule los bienes del otro en el ejercicio de la potestad doméstica. (El ejercicio de la potestad doméstica implica la facultad que tienen ambos cónyuges para usar el dinero o los bienes del otro a fin de cubrir los gastos encaminados a satisfacer las necesidades de la vida familiar, mantenimiento de la casa, manutención de los hijos) (Art. 83 CC);
Tras la sentencia firme (contra la que no cabe recurso alguno), queda disuelto el régimen económico matrimonial;
La separación también tiene consecuencias en cuanto a la relación de los padres con los hijos. (Más información).
Por lo demás, la relación entre ambos cónyuges, en especial en lo referente al régimen patrimonial, hijos, y uso de la vivienda familiar, se regulará en la sentencia que ponga fin al procedimiento.

En ningún caso la separación supone una ruptura del vínculo matrimonial.

Separación, divorcio y nulidad.

Publicado el Jul 18 2008 | Marcado con la etiqueta: Divorcios y Separaciones

Una de las grandes dudas del profano en la meteria de derecho es la distinción entre “separación”, “divorcio” y “nulidad”.

¿Qué es la separación matrimonial?
La separación es la ruptura de la vida en común dentro de un matrimonio. Ambos esposos, o uno de ellos, deciden poner fin a la vida en pareja. La separación suele ser el paso previo a una ruptura definitiva del vínculo matrimonial (divorcio).

La separación matrimonial puede adoptarse por los cónyuges sin necesidad de intervención de terceras personas (separación de hecho) o, tras un procedimiento en el que interviene un Juez (separación judicial).

¿Qué es el divorcio?
El divorcio es una de las formas mediante las que puede disolverse el vínculo matrimonial; se da por roto el vínculo que unía a los cónyuges de un matrimonio válidamente celebrado. Las otras formas de disolución de ese vínculo matrimonial son, la muerte y la declaración de fallecimiento. (Art. 85 CC)

Las características esenciales del proceso de divorcio en España son, por un lado, la necesidad de fundar la decisión de romper el vínculo matrimonial en una de las causas expresas y limitadas que establece la Ley y, por otro, la necesidad de intervención judicial para deshacer el vínculo matrimonial. No cabe el ?divorcio de hecho?, es necesaria una sentencia que declare el matrimonio disuelto.

¿Qué es la nulidad matrimonial?
La nulidad matrimonial, desde el punto de vista civil, (no eclesiástico), consiste en la declaración por parte del Juez de la concurrencia de algún tipo de vicio o defecto esencial en el momento de la celebración del matrimonio, que hace que se considere el mismo como no celebrado, aunque algunos de los efectos producidos seguirán teniendo vigencia. Ejemplo: los hijos nacidos de un matrimonio posteriormente declarado nulo serán considerados como hijos matrimoniales, como si fueran hijos de un matrimonio sin defecto alguno.